Continúan las críticas contra la Directiva del Copyright

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ISACA ha organizado en Madrid una jornada informativa sobre la tramitación de la Directiva de Derechos de Autor o Directiva del Copyright, cuya tramitación ha entrado en la fase final. Diferentes expertos en derecho han expresado sus críticas a la propuesta, al igual que en su día lo hicieron distintas asociaciones.

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Desde que en 2016 la Comisión Europea lanzó la propuesta legislativa sobre este tema, ha habido polémica, y ésta se ha prolongado incluso en su fase final de aprobación, la actual. Así ha quedado patente en una jornada organizada por Asociación de Auditores y el Control de los Sistemas de Información, Ciberseguridad y Protección de Datos (ISACA), en la que diferentes expertos en leyes han dado su opinión.

Ante la pregunta del moderador Javier F. Lasquetty, abogado y socio de Elzaburu, sobre si la Directiva podría acabar con Internet tal y como la conocemos hoy, Alfonso González Gozalo, abogado y socio del despacho Bercovitz Carvajal, habló del polémico artículo 13 que obligará a los gigantes tecnológicos a establecer mecanismos para controlar que los contenidos que comparten los usuarios respeten los derechos de autor. Sobre él dijo que estarán afectadas las plataformas que almacenan grandes cantidades de obras a disposición del público, las que optimizan, promocionan, ordenan y ofrecen contenidos, y llevan a cabo un acto de comunicación pública no directamente (porque realmente lo hacen los usuarios).

Al respecto, Ofelia Tejerina, abogada y profesora, sostuvo que uno de los fallos es el de la responsabilidad de los proveedores que deberán ejercer la cooperación de buena fe y deberán primar el derecho del autor, que no es un derecho fundamental, como el de libertad de expresión o de la libertad de información, que sí lo son.

Según su lectura del artículo 13, los autores tendrán todo el poder y ante la duda, las plataformas se curarán en salud y, por si acaso retirarán, el contenido. Las decisiones sobre qué es contenido ilícito o no las va a tomar un algoritmo desarrollado por empresas privadas con intereses, en vez de un juez. “Los Googles van a comenzar a legislar”, aseguró Tejerina.

La propuesta recoge que un sistema de revisión de reclamaciones dependiente de un humano, de un juez, deja vislumbrar el concepto de censura previa y establece que la retirada de contenidos debe estar justificada. Pero se contradice a sí misma al indicar que los filtrados deben ser transparentes y a la vez, evitados, porque pueden identificar a usuarios y esto va contra su derecho al anonimato y la Ley de Protección de datos.

En opinión de esta abogada, “el proveedor de servicios hará esos filtrados, porque le interesa el dinero y no encontrarse con problemas, lo que ocurre ya con los contenidos eróticos y otras moralinas. La justicia establece que el contenido que se determina como ilícito tiene que ser extremo y que pese a lo expuesto “ni se acaba la cultura ni se va a acabar Internet”, porque la tecnología no se destruye, se transforma.

Un obstáculo para la innovación digital
Similar valoración negativa realizó Amalia Pelegrín Martínez-Canales, responsable de política digital de AMETIC. En su opinión, que los prestadores de servicios de alojamientos de datos (Google, YouTube…) estén obligados a monitorizar todos los archivos para ver si se vulneran los derechos de autor, es contrario a la libertad de expresión e información, contrario a la ley de protección de datos, a los derechos de empresa, y a la Ley de comercio electrónico. “Así se lo hemos contado a todo el que ha querido escucharnos” explicó con firmeza.

En cuanto a lo que afecta específicamente al sector, a su juicio, la directiva es un obstáculo a la innovación digital. Se buscan nuevas formas de remunerar a los autores porque las clásicas de obtener beneficios han cambiado, y para ello se limita el acceso a información vital a startups, empresas de investigación y desarrollo. Según Pelegrín, “salvo en los países que regulen aparte y lo permitan, generando desigualdades jurídicas y migraciones empresariales a los estados donde puedan acceder a la información. Si uno de los objetivos de la directiva era armonizar la legislación, así no lo va a conseguir”.

Según la representante de la patronal tecnológica, la normativa perjudica la libertad de expresión en Internet, genera el riesgo de fragmentación de la trasposición de la directiva y supone un cambio radical en la regulación frente a la actual seguridad jurídica.

El modelo YouTube
Por su parte, Antonio Vargas, encargado de políticas de Google España, coincidió en el peligro de que la responsabilidad recaiga en las plataformas, que harán los futuros filtrados de contenidos y se convertirán en los policías y jueces de Internet, mientras los usuarios tendrán total impunidad”.

Según señaló, la mayor parte del contenido de Internet es de los usuarios, no está sujeto a derechos de autor y ya hay herramientas para bloquear contenido ilícito. No hay excusa para poner en riesgo el internet de hace ocho años, el de la participación ciudadana, el de compartir cultura… y la excusa de las ganancias no resulta del todo válida; YouTube, por ejemplo aporta a la industria cultural española 24 millones de euros, sin embargo, los autores dicen que ellos no ganan.

Vargas explicó al detalle cómo se identifican y escanean los archivos para detectar coincidencias de YouTube a través de una herramienta que ha costado 100 millones de dólares y en la que han trabajado 1.000 ingenieros durante 10 años, algo que no se puede permitir ninguna plataforma española y alguna podría llegar a cerrar.

Según este ponente, Internet hasta ahora contaba con la acertada regulación de la Directiva de Comercio Electrónico y con la existencia del concepto de Puerto Seguro, y esta directiva afectará a todas las plataformas "que no van a pillarse los dedos y colgar algo que pueda traerles una sanción. Absolutamente todo va a estar sujeto a derechos de autor, hasta un comentario de una noticia si contiene texto ajeno”, señaló.

No obstante, los expertos reconocieron algunos puntos positivos de la normativa como, por ejemplo, los derechos de los editores de publicaciones de prensa o la inclusión de nuevas excepciones a los derechos de propiedad intelectual, que tratan de garantizar un mayor acceso a los contenidos, facilitar el acceso a obras que están fuera de circuitos comerciales.

Con todo, sus bondades no parecen paliar los efectos limitadores de la regulación.