¿Cuándo es delito difundir fake news?

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Las fake news son un mal de nuestros días: solo un 14% de la población las detecta y tienen hasta un 70% más de probabilidades de ser compartidas que las verídicas. Su difusión puede acarrear consecuencias penales. DAS Seguros nos explica estos supuestos.

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Los expertos legales de DAS Seguros aseguran que las fake news son una nueva amenaza para la ciberseguridad, ya que son usadas por cibercriminales para infectar dispositivos, así como uno de los principales riesgos reputacionales para cualquier compañía o institución.

Este fenómeno es especialmente alarmante si se tiene en cuenta que, de acuerdo con el Instituto Tecnológico de Massachusetts y su informe The spread of true and false news online, estas noticias tienen hasta un 70% más de probabilidades de ser compartidas que las verídicas, propagándose más rápido y llegando a una mayor audiencia. Además, solo un 14% de la población detecta las noticias falsas, aunque creen hacerlo 6 de cada 10 receptores.

Quién incurre en delito
Según DAS Seguros, puede ser delito la difusión de información no cierta “que persiga el daño sobre la imagen o reputación de una persona o entidad”, es decir, cuando colisiona con los derechos de otras personas. En tales casos, “esta difusión puede suponer la comisión o bien delito de injurias, cuando intencionadamente se menoscaba la fama o reputación de otra persona, o bien de delito de calumnia, cuando se ha imputado a otra persona un delito, con conocimiento de su falsedad, y/o temerario desprecio hacia la verdad”, explican sus expertos legales.

El delito de injurias propagadas de forma pública está penado con la pena de multa de seis a catorce meses, conforme al art. 209 del Código Penal. Por su parte, el delito de calumnias propagadas de forma pública está penado con penas de prisión de seis meses a dos años, o multa de doce a 24 meses, conforme al art. 206 del Código Penal.

En el caso de fake news con mensajes de alarma, atentados terroristas o catástrofes, las cuales implican situaciones de peligro para la sociedad o hacen necesario el auxilio y la activación de los servicios de emergencia; la afirmación falsa o la simulación podría ser constitutiva de delito de desórdenes públicos en base al artículo 561 del Código Penal. En tal caso, el presunto delincuente se enfrentaría a penas de tres meses a un año de prisión o multas de hasta 18 meses. 

“Tan importante es la verificación de noticias como la reconstrucción de la confianza en los medios de comunicación y esto es responsabilidad de todos”, sostienen los expertos legales de DAS Seguros. Además, recalcan la importancia de aprender a distinguir las noticias falsas de la información verificada.