Legislación: lo que hay que saber si se pilota un dron de uso recreativo

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Los incidentes causados por drones en los aeropuertos de Gatwick y Heathrow en el último mes ha puesto la atención sobre estos aparatos. Aparte de su aplicación profesional, su uso recreativo es cada vez más habitual, pero antes de pilotarlos, conviene conocer la legislación existente en este campo.

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Un usuario que vaya a utilizar estos aparatos con fines de ocio tiene que saber que hay una normativa vigente desde 2017, cuyo contenido tiene que conocer.

Como explica Juguetrónica, compañía especializada en regalos tecnológicos que imparte talleres de forma periódica sobre el tema, la legislación dice que no es necesario ser piloto certificado si el uso del aparato no es profesional, aunque tanto drone como emisora tienen que estar identificados con los datos y número de teléfono del propietario. “Otra de las medidas de seguridad es volar el drone siempre dentro del alcance visual. Por ello, en vuelos FPV -First Person View- debe haber un “observador” que dé indicaciones al piloto”, explica la firma.

Las distancias pueden variar dependiendo de si el espacio es urbano o no, situándose entre los 50 y los 120 metros de altura. Las restricciones aumentan cuando se trata de aeropuertos o aeródromos, no pudiendo volar drones a una distancia mínima de 8 kilómetros de este tipo de instalaciones. Para consultar zonas prohibidas, peligrosas o restringidas, Daniel Bayó, CEO de la compañía de juguetería, recomienda consultar Icarus RPA.

Respecto a la ley de protección de datos, en el caso de drones con cámara, y salvo algunas excepciones, hay que contar con el permiso de las personas que aparezcan en las imágenes para subirlas a internet o a redes sociales.

En cuanto a posibles accidentes, cualquier daño producido es responsabilidad del piloto. Además, si el usuario es menor, tiene de estar acompañados en todo momento por un adulto.